1.- Anatomía e historia del espíritu místico
§76.- Génesis histórica y generalización del culto interior individual. El domingo
Durante el calcolítico, y también en casi toda la antigüedad, el culto es sobre todo el culto oficial, protagonizado por los sacerdotes y presididos por el faraón, los cónsules o el emperador. La participación de los fieles en los cultos públicos no es obligatoria, como no lo es la participación en las fiestas.
Por su parte, las religiones mistéricas, desde mediados del primer milenio, y las diversas formas del cristianismo de los tres primeros siglos, practican un culto interior que es privado.
En los tres primeros siglos del cristianismo, la celebración de la eucaristía no tiene lugar el Shabat de los judíos, sábado de los romanos, sino el día que los judíos denominan “el primer día de la semana”, en el cual los cristianos conmemoran la resurrección de Jesús. A ese día los cristianos lo denominan el dies domini, o el dies dominica, “día del señor”, y los romanos “dies soli”, día del sol.
Entre el conjunto de leyes que Constantino el Grande emana después del edicto de Milán de 312, mediante el que se autoriza la práctica de la religión cristiana y se cancelan las persecuciones, la “ley del domingo”, de marzo de 321, establece que el dies soli sea una jornada de descanso, y se dedique preferentemente a realizar actividades que agraden a Dios[1].
La celebración de la eucaristía entre los cristianos, es una práctica que consiste en un rito externo, que lleva a cabo toda la comunidad, siguiendo la recomendación de Jesús:
Tomó luego pan, y, dadas las gracias, lo partió y se lo dio diciendo: «Este es mi cuerpo que es entregado por vosotros; haced esto en recuerdo mío». (Lucas, 22. 19)
Pero este rito externo es a la vez un culto interior, basado en símbolos de los que Jámblico denomina analógicos y también unitivos, según las enseñanzas de Jesús:
53. Jesús les dijo: «En verdad, en verdad os digo: si no coméis la carne del Hijo del hombre, y no bebéis su sangre, no tenéis vida en vosotros. 54. El que come mi carne y bebe mi sangre, tiene vida eterna, y yo le resucitaré el último día. 55. Porque mi carne es verdadera comida y mi sangre verdadera bebida. 56. El que come mi carne y bebe mi sangre, permanece en mí, y yo en él. 57. Lo mismo que el Padre, que vive, me ha enviado y yo vivo por el Padre, también el que me coma vivirá por mí». (Juan, 6)
A partir de la ley del domingo del emperador Constantino, se produce la convergencia entre el culto público oficial y el culto interior personal, y no sólo entre los cristianos, sino, en general, también entre todos los ciudadanos del imperio. Porque Constantino mantiene hasta el final de su vida el título de Pontifex maximun, y es por eso cabeza de las comunidades paganas, a las que exhorta a la práctica de su religión en los mismos términos que a los cristianos. De hecho, mantiene, contra el parecer de sus asesores cristianos, las subvenciones económicas a los sacerdotes y cultos paganos al igual que a los sacerdotes y obispos cristianos[2].
Como se dijo en OORA § 20, las formas de la unión con Dios en la intimidad, de esa experiencia mística que empieza a darse en la era axial, tienen entre sus figuras previas, desde el paleolítico antiguo hasta el calcolítico, la comunicación con Dios en la unión nutritiva, hierofagia, y en la unión sexual, hierogamia.
A partir de la antigüedad, en los cultos públicos de la cristiandad, y en las descripciones de las experiencias místicas, la unión íntima con la divinidad se describe en términos de unión nutritiva, según los símbolos y elementos de los ritos eucarísticos, y en términos de unión sexual del esposo y la esposa, según los símbolos y el léxico con que se describe la unión del orante y la divinidad.
Este segundo tipo de unión y de léxico, está sometido a controles rigurosos desde finales de la edad media, por parte de la inquisición entre otras instancias. Fray Luis de León está en las cárceles de la inquisición por haber traducido a lengua vernácula un texto sobre el que pesaba la prohibición de hacerlo, y que solo en las lenguas sagradas podía estudiarse y recitarse, a saber, el Cantar de los cantares.
Mientras los procesos y elementos nutritivos se toman ampliamente como símbolos de la unión, los sexuales quedan completamente desterrados del arsenal simbólico en occidente[3].
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NOTAS
[1] Viciano, A., Cristianización del Imperio Romano. Orígenes de Europa, Murcia: Universidad Católica San Antonio, 2001, cap. VIII. La “Ley del domingo” de Constantino se recoge en el Codex Iustinianus, 3, 12, 2, y en el Codex Theodosianus, 2, 8, 1.
[2] Viciano, A., Cristianización del Imperio Romano. Orígenes de Europa, Murcia: Universidad Católica San Antonio, 2001, cap. VIII. Cit.
[3] Este veto sobre el valor simbólico de lo sexual y sobre la danza como elemento litúrgico en el cristianismo occidental, contrasta con el valor religioso que pueden tener en oriente las prácticas sexuales, como aparecen descritas en el Kamasutra hindú, o como aparecen en las tradiciones islámicas para describir los gozos del paraíso celestial.
About the author
Jacinto Choza ha sido catedrático de Antropología filosófica de la Universidad de Sevilla, en la que actualmente es profesor emérito. Entre otras muchas instituciones, destaca su fundación de de la Sociedad Hispánica de Antropología Filosófica (SHAF) en 1996, Entre sus última publicaciones figuran Antropología y ética ante los retos de la biotecnología. Actas del V Congreso Internacional de Antropología filosófica, 2004 (ed.). Locura y realidad. Lectura psico-antropológica del Quijote, 2005. Danza de oriente y danza de occidente, 2006 (ed).