2.- Formación de la cristiandad en el orden político y social
§ 48.- Unificación administrativa y moral. La Constitutio antoniniana de 212 y el Edicto de Tesalónica de 380
La acogida universal de la totalidad de los individuos de la especie humana en la interioridad humana, en la historia empírica, y en términos formales o programáticos, tiene lugar a través de diversas actividades de orden institucional en el Imperio romano.
Esta acogida es un proceso largo en el que destacan dos momentos y dos actividades institucionales: La Constitutio Antoniniana de Caracalla de 212 y el Edicto de Tesalónica de Teodosio de 380.
Probablemente el primer intento de constituir una comunidad integrando en ella al conjunto de todos los seres humanos, por vía de hecho, se debe a Alejandro Magno (356-323 AdC), y el primer intento de hacerlo por vía de derecho, al emperador romano Caracalla (188-217), cuyo proyecto consistía, como el de tantos otros cónsules y emperadores, en realizar la idea de Alejandro[1].
La pretensión de realizar el proyecto de Alejandro, de emularlo o imitarlo, es una inclinación que está presente en los gobernantes romanos desde la época de la República hasta finales del imperio, que se ha denominado imitatio/aemulatio Alexandri y de la que se encuentran referencias explicitas en mandatarios que van desde Scipion y César hasta Augusto, Trajano y Juliano[2].
Independientemente de cómo interpretara cada uno la unidad del orbis Romanus y de la patria Romana universal, el caso es que a comienzos del siglo III, hay un grado suficiente de cosmopolitismo en todo el imperio, como para hacer presente en la conciencia de sus habitantes un contenido consistente para la idea de humanitas, y de igualdad de todos los seres humanos.
Correlativamente, en ese momento la sociedad y el Estado romanos, en tanto que comunidad de la humanidad consciente de sí misma, tiene una amplitud y un grado de profundidad reflexiva sobre sí que no lo tenían el imperio egipcio, el persa y ni siquiera el griego en tiempos del propio de Alejandro. Dicha reflexividad se muestra, entre otras cosas, en los desarrollos teóricos del humanismo cosmopolita de los pensadores estoicos, especialmente los de Cicerón, Cesar y Séneca, entre tantos otros.
Tanto Alejandro como los intérpretes y realizadores romanos de la idea de una comunidad humana universal, tienen la certeza de que cumplen una misión profética, de que son instrumentos de la divinidad y de que sus precursores en el intento tienen ellos mismos un carácter divino. Esa es la razón por la cual levantan templos a los dioses y también a sus predecesores, realizadores de la idea en el grado que fuese.
El sentido profético de la imitatio Alexandri choca con el sentido profético del pacto de Abraham, en cuanto que el proyecto romano está concebido para unir a todos los pueblos en tanto que iguales y el pacto abrahámico se ha acordado para constituir al pueblo elegido como uno de los más grandes entre todas las naciones (todos los gentiles). Pero ambos coinciden en que sus fines y horizontes son terrenales. Ni Abraham ni Alejandro refieren la realización de sus expectativas a una vida ultraterrena.
Pero parece haber un punto en la historia del pueblo de Israel en que se cancelan sus aspiraciones terrenas y su carácter elitista y exclusivo, para constituirse en orbe común y patria universal, según las características de la imitatio Alexandri, al menos formalmente aunque no realmente, y es la predicación de Jesús, el Cristo, en nombre del cual Pablo de Tarso, desde Roma, la proclama.
23. Y así, antes de que llegara la fe, estábamos encerrados bajo la vigilancia de la ley, en espera de la fe que debía manifestarse. 24. De manera que la ley ha sido nuestro pedagogo hasta Cristo, para ser justificados por la fe. 25. Mas, una vez llegada la fe, ya no estamos bajo el pedagogo. 26. Pues todos sois hijos de Dios por la fe en Cristo Jesús. 27. En efecto, todos los bautizados en Cristo os habéis revestido de Cristo: 28. Ya no hay judío ni griego; ni esclavo ni libre; ni hombre ni mujer, ya que todos vosotros sois uno en Cristo Jesús. 29. Y si sois de Cristo, ya sois descendencia de Abraham, herederos según la Promesa (Gálatas, 3).
La conciencia de la unidad de la humanidad que proclama Pablo no coincide con la que proclama Caracalla, porque la del apóstol es interior y espiritual y se refiere a una vida eterna común de absoluta felicidad, mientras que la del emperador se refiere a una vida de bienestar y recursos comunes en la tierra, garantizados en los términos en que una administración puede asegurar unos derechos de ciudadanía.
Pero un siglo y medio después de Caracalla, otro emperador concibe la articulación unitaria del bienestar común en la tierra, objetivo de la imitatio Alexandri, con la felicidad absoluta en la eternidad, objetivo de la predicación cristiana paulina.
Ese emperador es Teodosio (347-395) y la articulación que concibe es el establecimiento del cristianismo como religión oficial del Imperio Romano en el Edicto de Tesalónica de 380. Por otra parte, también esta aspiración imperial tiene su correlato reflexivo, filosófico y teológico, en el contexto de las escuelas del pensamiento estoico y académico. Entre ellas destaca Agustín de Hipona (354-430), que entre 412 y 426 realiza la primera gran sistematización de la filosofía y la teología de la historia, en su obra La ciudad de Dios[3].
A partir de Teodosio y Agustín se constituye la cristiandad, que mantiene unos ritos de agregación del infiel, análogos a los que mantenían las tribus paleolíticas con los extranjeros y el pueblo hebreo con los gentiles. En efecto, los infieles tienen que hacer en el seno de la cristiandad, la profesión de Rut la moabita:
Tu pueblo será mi pueblo y tu Dios será mi Dios. Donde tú mueras moriré y allí seré enterrada (Rut, 1, 16).
Mediante toda la serie de procesos y acontecimientos mencionados, la koiné y la ecúmene llegan a dotarse, durante los primeros siglos del Imperio, de una subjetualidad social particularmente consistente, autoconsciente, que es justamente la cristiandad, con su versión propia, “personalizada” y “enculturizada”, del cristianismo, que en la cultura occidental tiende a considerarse el cristianismo sin más.
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NOTAS Unificación administrativa y moral. La Constitutio antoniniana de 212 y El Edicto de Tesalónica de 380.
[1] Cfr. Alejandro Bancalari Molina, “Relación entre la Constitutio Antoniniana, y la imitatio Alexandri de Caracalla”, Revista de estudios histórico-jurídicos, n.22 Valparaíso 2000.
[2] Antonio Ignacio Molina Marín, “Desmontando un tirano perfecto: Caracalla y la imitatio Alexandri”, Stud. hist., H.ª antig., 33, 2015, pp. 223-250.
[3] Agustín de Hipona, La ciudad de Dios, Madrid: BAC, 1964, 2 vols,
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Jacinto Choza ha sido catedrático de Antropología filosófica de la Universidad de Sevilla, en la que actualmente es profesor emérito. Entre otras muchas instituciones, destaca su fundación de de la Sociedad Hispánica de Antropología Filosófica (SHAF) en 1996, Entre sus última publicaciones figuran Antropología y ética ante los retos de la biotecnología. Actas del V Congreso Internacional de Antropología filosófica, 2004 (ed.). Locura y realidad. Lectura psico-antropológica del Quijote, 2005. Danza de oriente y danza de occidente, 2006 (ed).