por Jaime Villaroig Martin, Depto. Humanidades, CEU-Castellón.

Eichmann
(Infografía)

La reciente película sobre Hannah Arendt (Margarethe von Trotta, 2013, Alemania) ha vuelto a poner sobre el tapete un conocido caso de justicia internacional: el juicio del ex coronel Nazi, Adolf Eichmann (1906-1962). Este ex mando de las SS huyó a Sudamérica al final la II Guerra Mundial, y allí pudo vivir en el anonimato. Pero en el año 1960 el servicio de espionaje israelí, el Mossad, lo capturó y lo condujo a Israel, donde sería juzgado por un tribunal judío. Allí, una afamada profesora de teoría política, Hannah Arendt (1906-1975), cubrió el evento para la revista The New Yorker, de lo que resultó un libro (Eichmann en Jerusalén) que le valió el reconocimiento de una parte, y la más dura execración por otra. Pero vayamos por partes.

1.Que Auschwitz no se repita

Todo evento que incluye víctimas, especialmente si se trata de los graves desmanes cometidos en la II Guerra Mundial, invita más a la contemplación sobrecogida que a la reflexión moral. En la propia película antes citada, se le recrimina a Hannah Arendt que convirtiera los crímenes nazis en la excusa para una clase de filosofía política. Si de un lado estamos de acuerdo que la ética se debería regir por el principio propuesto por Adorno (¡que Auschwitz no se repita!), por otro lado confiamos en que la reflexión moral sobre lo sucedido no empece, sino que favorece lo que pedía en su día el máximo exponente de la escuela de Frankfurt.

Por ello nos planteamos cuatro sencillas cuestiones, que inviten a seguir pensando a los interesados en el caso, o que provoquen la reflexión moral en quienes nunca se habían cuestionado estas cosas. ¿Adolf Eichman fue justo en el desempeño de sus funciones? ¿El juicio llevado a cabo en Jerusalén que intentó determinar precisamente esto, fue a su vez justo? ¿Fue justa la crónica que hizo Hannah Arendt, a la vista de las críticas que le llovieron con su publicación? Y a propósito de estas críticas, ¿fueron justas a su vez? Si la justicia es, como decían los clásicos, dar a cada uno lo suyo, veamos en qué medida cada quien tuvo lo suyo en esta complicada trama.

2. ¿Adolf Eichmann fue justo en su comportamiento, dentro de la Alemania Nazi?

Hannah Arendt
(Infografía)

Para decirlo rápido, el suyo fue un comportamiento completamente legal, pero profundamente injusto. El principal argumento de su defensa, como el que ya se empleara en Nuremberg, fue que “Él sólo cumplía órdenes”. Además, para quien no conozca el caso de primera mano, hay que aclarar que Eichmann únicamente se encargó del transporte de los judíos a los campos de exterminio. El “únicamente” no pretende despojarlo de responsabilidad, sino de darle la que tenía: menos de la que le atribuyó la opinión pública, pero más de la que él mismo estaba dispuesto a reconocer. Eichmann no sólo obedeció órdenes: cumplió la ley y en todo se comportó tal y como el Estado en el que vivía esperaba de él. No es lo mismo desobedecer una orden concreta, desobedecer una ley, o enmendar la plana al entero sistema jurídico. Que Eichmann no fue, seguramente, uno de los grandes criminales nazis, lo puso de manifiesto el que no se le juzgara en Nuremberg: no es que huyera, sino que no se vio que su responsabilidad fuera tan grande que tuviera que estar en dichos juicios (Martin Bormann, en cambio, fue juzgado in absentia). Eichmann se atuvo a la estricta legalidad de su país, y la primera gran lección que nos da su caso es que se muestra de un modo desgarrador que lo legal no coincide con lo justo; que una ley no es justa por ser ley, sino que es mejor o peor ley por atenerse en mayor o menor medida a lo que es justo.

Suponiendo que Adolf Eichmann no era justo, el Estado de Israel dictó y ejecutó una orden de secuestro contra él, para que posteriormente fuera juzgado. Son evidentes las dos injusticias aquí cometidas: sólo se secuestra a alguien que se presupone culpable, y aquí brilló por su ausencia el principio de la presuposición de inocencia; más bien se hizo valer, como recuerda Arendt, el inquisitorial principio de “in dubio contra reo”. Pero además, secuestrar en un país extranjero a un sujeto para que lo juzgue un Estado que ni siquiera existía en el tiempo en el que se cometieron los delitos, arroja nuevas dudas sobre el caso. El tribunal era judío, y aunque la acusación era de crímenes contra la humanidad, el caso es que como dejaron claras las declaraciones de Ben Gurión, primer ministro israelí, el juicio pretendía ser algo así como una reivindicación de algo que no se había tenido en cuenta en Nurember: la persecución contra los judíos. El tribunal y el fiscal fueron judíos, el abogado defensor era alemán; y alguien se excusó diciendo que el abogado defensor no podía haber sido judío puesto que los sentimientos naturales de judío hubieran entorpecido su labor… ¿Y qué decimos entonces del tribunal y el fiscal? Pero es que además, durante el juicio, se perdieron varios meses en las declaraciones de decenas de testigos sobre la persecución judía que no tenían directamente nada que ver con el juicio de Eichmann. Afortunadamente, el tribunal hizo caso omiso de dichos testimonios, pero ¿qué diríamos si para juzgar a un negrero sacamos a relucir la oscura historia de la esclavitud en la humanidad? La segunda gran lección de este juicio, y en torno a este tema, nos la proporciona la misma Hannah Arendt: la finalidad de un juicio es juzgar a la persona de que se trata, no los sistemas, ni las ideologías, ni los crímenes de una nación. Cualquier otro fin que se introduzca en el juicio, que no sea el de hacer justicia con el acusado, enturbia y dificulta el proceso.

3. Hannah Arendt ¿fue justa en su valoración del proceso?

La discípula favorita de Heidegger  intentó, no sólo relatar puntualmente lo que sucedió en el juicio, sino que se vio impelida por su vocación filosófica misma a intentar comprender. Da la sensación de que no intentó prejuzgar al reo, y examinó todo lo fríamente que pudo las pruebas; frialdad que se vio sin duda favorecida por el desapego al nacionalismo judío, a pesar de ser ella misma judía. Hans Jonas, en el film, acusa cruelmente pero quizá con verdad a Arendt de ponerse de parte de Eichmann, porque los alemanes nunca la aceptaron como una de ellos; evidentemente esto es un juicio que rebasa lo constatable. En su crónica, Arendt dijo que estaba claro que Eichmann no era un monstruo, sino quizá un payaso. Que no era un monstruo (que es lo que muchos quisieran ver en Eichmann) lo dejaron claro los informes psiquiátricos que se encargaron a profesionales. Que era un payaso partía de la constatación de que Eichmann en el fondo era un burócrata, que no sabía a fondo lo que hacía porque no pensó lo suficiente. Esto, de nuevo, no es exculparlo, sino situarlo en el lugar justo. Quizá lo que más repulsa provocó de lo dicho por Arendt fue que si lo que Eichamnn hizo lo hizo sin ser un monstruo, cualquiera de nosotros, que quizá tengamos poco de monstruo pero siempre corremos el riesgo de comportarnos como payasos, podemos acabar haciendo lo mismo. Así que la tercera lección del juicio de Eichmann es: intenta por todos los medios comprender, sin caer en el error de pensar que comprender es justificar.

4.  ¿La opinión pública fue justa con Arendt, una vez publicó su crónica de los hechos?

Eichman en Jerusalén
(Infografía)

La opinión pública, siempre anónima, a menudo gregaria, no atendió aquí a la anterior advertencia de Arendt: intentar comprender no es perdonar. La opinión pública acusó a Arendt fundamentalmente de dos cosas: ponerse de parte de Eichmann e implicar a los dirigentes de la comunidad judía en los desastres de la segunda guerra mundial. Pero ya hemos visto la falsedad del favoritismo por Eichmann, incrementada con la convicción de que Arendt posiblemente pensara que la pena de muerte para el acusado fue justa; simplemente, al no tratarlo como un monstruo moral, pensaron que estaba a su favor. La segunda acusación deriva de que en su crónica, Arendt puso de relieve que sin la colaboración de las autoridades judías de la época Eichmann no hubiera podido trasladar tan fácilmente  a  cuatro millones de judíos. Este colaboracionismo, que se puso de manifiesto en el  juicio, no interesaba a la opinión pública judía. Y en cualquier caso, ¿qué otra cosa podían hacer? Pero la cosa no resulta tan sencilla: la petición de colaboración no se hacía a punta de pistola, y el no colaborar implicaba ser tratado con el resto de judíos, no peor; además, de los que colaboraron, algunos colaboraron más allá de lo que dicta el miedo y llegaron a ser crueles con sus hermanos de raza. La cuestión se embrolla más si nos damos cuenta de que el argumento “¿Qué otra cosa se podía hacer?”, es precisamente el mismo argumento que esgrimía Eichmann una y otra vez para exculparse de sus crímenes. Más aún sorprende la noticia de que en los primeros años del Reich, cuando no se vislumbraba la solución final, los líderes sionistas colaboraron voluntariamente con Eichmann, puesto que lo que éste intentaba, echarlos de Alemania y darles una tierra propia, coincidía con sus propios objetivos. Lo que le pasó a la opinión pública fue que no entendió la intención de Arendt (en el mejor de los casos) o simplemente que no leyó el libro (en el peor de los casos). Así que la cuarta lección del juicio que nos ocupa es bien sencilla: lee antes de opinar.

Llegamos al final. ¿Cómo hubieran ido mejor las cosas? Adolf Eichmann debía haber distinguido lo legal de lo justo, porque el anonimato de la burocracia no nos exime de ser responsables de nuestros actos; Israel debía dejar que el caso de Eichmann lo juzgara un tribunal internacional; Hannah Arendt hizo bien al intentar comprender, pues es lo que nos caracteriza como personas; lástima que a la opinión pública sólo le interese pensar desde los lugares comunes, dando a todos lo mismo en lugar de dar a cada uno lo suyo, que es lo propio de la justicia.

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2 comentarios

  1. ¿Y por qué huyo como un vil criminal nazi? De haber sido su participación más o menos moderada, se habría sometido voluntariamente a los procesos de la justicia internacional, pero no lo hizo. Por supuesto, algo malo había hecho.

  2. Es un tema controversial, lo lamentable es que regímenes autoritarios, instituyan reglas de juego o leyes no sólo discriminatorias sino criminales, disponiendo la persecución y exterminio de un pueblo, solo porque a un esquizofrénico «líder» se le ocurrió considerar que su raza era superior a otras. Ese ordenamiento legal enfermo, es injusto de nacimiento y nada de lo que se hizo en ese marco puede ser legítimo, cualquiera que sea el cristal con que sea visto. Los argumentos de la autora sobre la obediencia debida son válidos, pero eso no libera al ejecutor de órdenes y en mi opinión esta bien que haya sido ejecutado, más allá de su de secuestro en Argentina y su traslado que fue aceptado por Adolf Eichsman.

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